Justa y necesaria financiación pública de centros privados. ¿concierto educativo o cheque escolar?

23 de abril de 2024

Justa y necesaria financiación pública de centros privados. ¿concierto educativo o cheque escolar?

El pasado 23 de abril, el abogado experto en derecho educativo y portavoz de la plataforma Más Plurales, Jesús Muñoz de Priego, pronunció la conferencia: “Justa y necesaria financiación pública de centros educativos privados ¿Concierto educativo o cheque escolar?”

La misma tuvo lugar en la Universidad CEU San Pablo, en un acto organizado por la Fundación Cultural Herrera Oria de la ACdP y NEOS España.

En una primera parte, se abundó en la justificación de esa financiación con fondos públicos, tanto en el derecho a la educación (acceso a la enseñanza), que es derecho, pero también obligación, y por ello conlleva la gratuidad de la enseñanza obligatoria, como en la libertad de enseñanza, que supone la posibilidad de elegir entre diferentes tipos o modelos de educación caracterizados por un ideario.

Para permitir el acceso a la enseñanza de forma gratuita y en el tipo o modelo elegido, es necesaria la financiación con fondos públicos de esos centros que permiten el ejercicio de esa libertad de enseñanza.

La segunda parte la dedicó Muñoz de Priego a analizar el instrumento de financiación, apostando por el concierto educativo como modelo, pero sensiblemente mejorado.

La regulación actual del concierto aún procede del tándem LODE-Reglamento de conciertos que, sorprendentemente, sigue en vigor. Se destacó, como un grupo político cuyo fuerte, no es precisamente la defensa de la libertad de enseñanza (el PSOE), se encargó de desarrollar el instrumento que debía permitir el ejercicio de esa libertad, y el desarrollo de su elemento nuclear y definitorio (el ideario). Pero lejos de eso – insistió el conferenciante-, en coherencia con sus opciones políticas e ideológicas, lo convirtió en un caballo de Troya que dificulta el desarrollo del elemento diferencial que es el ideario y favorece la publificación del centro concertado, permitiendo que en centros cuya razón de ser es ese ideario o carácter propio pueda haber alumnos, docentes y hasta miembros de un órgano de gobierno, como es el Consejo escolar, que no compartan ese proyecto.

El otro gran déficit del modelo de concierto actual, que es jurídicamente un contrato de contraprestación, es el incumplimiento flagrante por parte de las Administraciones educativas de su obligación de cubrir el coste real de la plaza escolar, forzando a los centros, que no pueden cobrar a los alumnos por la prestación del servicio educativo, a buscar otras fuentes de financiación y a solicitar donativos a las familias.

En cualquier caso, para Muñoz de Priego, es mejor el concierto educativo mejorado (enfocado realmente a favorecer el desarrollo del ideario y con cuantías reales) al cheque escolar, ya que, entre otras cosas, porque aún no existe un estudio profundo sobre la implantación de este modelo en un sistema educativo ya en funcionamiento, como el nuestro, y las pruebas más cercanas (como las becas en CFGS en Madrid) han acabado en copago, lo que supone una merma a la libertad de enseñanza, pues impide que cualquiera pueda elegir esos centros requiriéndose el disponer previamente de ciertos recursos económicos.

De todos modos, terminó Muñoz de Priego, estando cuestionada la libertad de enseñanza, como desgraciadamente hoy lo está,  no parece el mejor momento para dividir a sus defensores discutiendo sobre el instrumento de financiación.

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